¿Es obligatorio registrar una marca?

A la hora de iniciar un proyecto o negocio, una de las primeras cosas que suele venirle a la mente a la gente es la marca con la que será conocido. Unas veces se trata de marcas más ingeniosas y otras, menos, pero es de lo primero que a uno se le ocurre.

Y está bien que así sea. Sin embargo, resulta llamativo que, en más ocasiones de las debidas, se ignore el registro y, por tanto, la protección de la marca.

Existe la creencia de que se trata de un proceso tedioso y, en última instancia, innecesario.

Nada más lejos de la realidad.

El proceso de registro de una marca es bastante sencillo. Eso sí, requiere dedicación para que tenga éxito y no pierdas tiempo ni dinero.

En cuanto a la necesidad de registrar la marca, paso a responder a la cuestión planteada en el título de este post: no, no es obligatorio registrar una marca. Pero espera, no cierres la página ni continúes como si nada.

Tienes que saber algunas cosas al respecto que tal vez te hagan cambiar de idea y, créeme, será para bien.

¿Es obligatorio registrar una marca?

No lo es, pero la cuestión no es tanto si es obligatorio como si es necesario. Aquí la respuesta cambia: es muy necesario.

Si has creado una marca más o menos original y no la registras, quedas totalmente a merced de posibles copias, más o menos dolosas. Al registrarla, adquirirás unos derechos de propiedad que te permitirán disponer de la marca en todos los escenarios y ser su legítimo propietario.

Por si esto fuera poco, te traigo algo más.

Ventajas de registrar una marca

Registrar una marca tiene muchas ventajas, pero, para no marearte, te voy a dar cuatro razones de peso para que veas que merece la pena:

  1. Nadie más que tú puede usar la marca. Cuando registras el signo, obtienes un derecho de propiedad similar al que adquieres cuando compras una casa u otro bien.
  2. Si alguien vulnera este derecho, puedes iniciar cuantas acciones legales sean necesarias para que cese la violación de tus derechos.
  3. Puedes obtener rendimiento de la propia marca.
  4. Si tu marca alcanza cierto éxito, puedes obtener ingresos adicionales gracias a ella. ¿Cómo? Otorgando una licencia de uso, creando franquicias o, llegado el caso, cediendo la marca.

El caso de las franquicias está más reservado a las marcas renombradas, aunque no es exclusivo de ellas. Nada impide que tu marca llegue a convertirse en una de ellas.

Aun así, aunque tu marca no llegue a ser McDonald’s, Zara o Apple, si adquiere cierto valor y, por la razón que sea, deseas desprenderte de ella, puedes venderla y obtener ingresos por su «muerte», otorgar una licencia de uso o abrir otro negocio.

El valor que genere tu marca por sí misma te pertenece.

¿Qué significa esto? Que tu marca te pertenece, con todo lo que ello implica.

Una marca de éxito puede generar dinero, aunque su propietario no haga nada.

Para que te hagas una idea: no es lo mismo comprarte unas zapatillas Adidas que unas de Decathlon que están de oferta. El simple hecho de que sean de una marca importante ya genera un valor añadido que la otra marca no tiene, y ese valor pertenece a su propietario.

Registrar una marca es muy barato si lo comparas con los beneficios que puede aportarte.

Ahora vamos a ver la otra cara de la moneda.

¿Qué pasa si no registras una marca?

Puede que no pase nada o puede que pase de todo.

Supongamos que montas ese negocio del que hablábamos al principio y que, como no es obligatorio, no registras la marca. En principio, todo irá bien. Venderás más o menos y es posible que tu marca termine haciéndose un hueco en tu nicho o sector.

Hasta que un día recibas una carta, un burofax o cualquier otra comunicación en la que alguien que dice tener una marca igual que la tuya te exija que ceses en su uso.

Te preguntarás cómo es posible, con el tiempo que llevas trabajando bajo ese signo y con todo lo que te ha costado levantar el negocio con el que soñabas.

¿Qué ha pasado? Pueden haber ocurrido dos cosas:

  1. Que alguien haya visto tu marca, le haya gustado, haya comprobado que no está registrada y se la haya apropiado —siendo muy mal pensados—.
  2. Que alguien tuviera la misma idea que tú y, al comprobar que no existía ninguna marca anterior registrada, decidiera hacer lo que tú no hiciste.

La diferencia entre un caso y otro es que, en el primero, existe una mala fe evidente y, en el segundo, no. ¿Y eso afecta en algo? Por supuesto. Quien registra la marca de buena fe será el legítimo propietario del signo, muy a tu pesar. En cambio, quien actúa de mala fe se expone a que tú, aunque no tengas la marca registrada, solicites su nulidad al amparo de esa mala fe.

La forma de probar esa presunta mala fe es otro cantar.

Lo normal es que quien haya registrado la marca con posterioridad te obligue a desprenderte de todo aquello que lleve el signo distintivo: tarjetas de visita, rótulos del local, membretes, envoltorios, bolsas, página web, redes sociales, etc.

Como ves, el coste de no registrar una marca es infinitamente superior al de registrarla.

Y, aunque nunca llegue a ocurrir nada, siempre tendrás sobre tu cabeza la espada de Damocles.

Espero que este post haya resuelto tus dudas, pero, si necesitas saber algo más o necesitas ayuda con tu marca, estés en el punto en el que estés, puedes rellenar el formulario de contacto, llamarme o enviarme un correo electrónico. Te atenderé con mucho gusto.

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